viernes, 31 de mayo de 2013


Servidumbre de acceso al mar

Artículo 28
1. La servidumbre de acceso público y gratuito al mar recaerá, en la forma que se determina en los números siguientes, sobre los terrenos colindantes o contiguos al dominio público marítimo-terrestre, en la longitud y anchura que demanden la naturaleza y finalidad del acceso.
2. Para asegurar el uso público del dominio público marítimo-terrestre, los planes y normas de ordenación territorial y urbanística del litoral establecerán, salvo en espacios calificados como de especial protección, la previsión de suficientes accesos al mar y aparcamientos, fuera del dominio público marítimo-terrestre. A estos efectos, en las zonas urbanas y urbanizables, los de tráfico rodado deberán estar separados entre sí, como máximo, 500 metros, y los peatonales, 200 metros. Todos los accesos deberán estar señalizados y abiertos al uso público a su terminación.
3. Se declaran de utilidad pública a efectos de la expropiación o de la imposición de la servidumbre de paso por la Administración del Estado, los terrenos necesarios para la realización o modificación de otros accesos públicos al mar y aparcamientos, no incluidos en el apartado anterior.
4. No se permitirán en ningún caso obras o instalaciones que interrumpan el acceso al mar sin que se proponga por los interesados una solución alternativa que garantice su efectividad en condiciones análogas a las anteriores, a juicio de la Administración del Estado.

jueves, 16 de mayo de 2013

Curso de Vela

El próximo sábado día 18 a las 20:00 horas, en las instalaciones de Club de Vela SanBorondon en el Puerto de Tazacorte, se hará la presentación del nuevo CURSO de VELA, que dirigido a mayores de 18 años.

Los interesados están invitados al acto, durante el cual se dará cumplida información sobre el formato del mismo, así como de requisitos necesarios, horarios, ...

Anímate a compartir con nosotros la experiencia de la navegación a vela!!!